·Entrevista a M.ª Dolores Serrano, criminóloga
ESTEBAN ORDÓÑEZ/ HOPPES N.º9
La profesora de Derecho Penal y Criminología de la UNED, M.ª Dolores Serrano, ha estudiado la protección del maltrato animal en los sistemas legales de España e Italia. Además, es Directora del Curso de Enseñanza Abierta Consideraciones criminológicas de la violencia de género. Aunque admite la necesidad de ciertas mejoras en la legislación, es optimista en cuanto al estado de protección de los animales en España.
Pregunta.- ¿Existe una igualdad plena entre los derechos del hombre y los de los animales?
Respuesta.- Todavía no se ha materializado. Pero igual que se protege el medio ambiente, se considera que debe hacerse con los animales, y la legislación se encaminará hacia ese fin. El debate está en que los animales no pueden ser personas jurídicas, son sujetos pero no se les puede exigir el cumplimiento de unas obligaciones. Ese es el problema para considerarlos sujetos activos del derecho.
P.- Entonces, ¿qué derechos entran en juego en la protección de los animales?
R.- Anteriormente, en el código penal de 1995, se introdujeron las faltas del maltrato dentro de las contempladas contra los intereses generales y los sentimientos de piedad. Éste era el bien protegido. En 2003 se incluyó el delito de maltrato a los animales dentro de los actos contra la flora y la fauna.
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