Revista especializada en delincuencia

Los que aman sus cadenas

In Legislación on May 25, 2012 at 5:35 pm
César Ponce (Hoppes nº9)

Las órdenes de alejamiento se han endurecido en las últimas reformas para intentar reducir la cifra de quebrantamientos. Las audiencias provinciales interpretan de forma muy personal cada caso ante la ausencia de una doctrina consensuada.

Nadie puede amar sus cadenas, aunque sean de oro puro”, fue la frase con la que John Heywood quiso defender la libertad. Nadie tiene derecho a privar de independencia a otro alguien, por mucho vínculo que les hubiera unido en el pasado. Quizá por ello se idearon las órdenes de alejamiento, para evitar encadenamientos no deseados. El problema llega cuando la propia naturaleza de la medida atenta contra esa voluntad e impone una distancia que impide a las personas volver a encadenarse libremente. “No parece correcto que normas que pretenden implementar seguridad a la víctima acaben generando inseguridad”, manifiesta María Acale (Doctora en derecho penal y especialista en casos de violencia de género) para contextualizar las dudas que existen actualmente sobre la efectividad de las órdenes de alejamiento. Y es que por mucho que le pese a Heywood, los hay que sí aman sus cadenas.

La eficacia de las órdenes de alejamiento, un tema a debatir

Cada día se suceden nuevos quebrantamientos de órdenes de alejamiento. En la mayoría de casos es el condenado el que rompe la barrera marcada, pero también hay situaciones donde la voluntad es mutua, y aún así la justicia les persigue; Hace poco dos jóvenes fueron detenidos cuando se escondían entre unos cubos de la basura, huyendo del único pecado que podían reprocharles, el de no querer desencadenarse.

La constitución contempla en su artículo 48 del Código Penal la orden de alejamiento como prohibición de aproximarse a las víctimas, permitiendo la utilización de medios electrónicos que garanticen su cumplimiento, y estipulando (art. 468) pena de prisión (de seis meses a un año) a los que quebranten tanto la pena como una medida cautelar impuesta en procesos criminales. La norma se modificó en 2003 de manera que pasó de ser una petición de la victima a una imposición del juez sin necesidad de ser solicitada, como aclara María Acale. En su opinión se trata de “una medida desacertada que habría que reformar de manera que se incidiera más en los medios telemáticos de control, aunque implicara un mayor costo”. Las nuevas disposiciones, en lo que compete a violencia de género, redujeron los casos de mujeres que decidieron volver a convivir con su agresor, pero no minimizaron apenas los quebrantamientos, por lo que en 2010 la Fiscalía General del Estado propuso flexibilizar la normativa, en contraposición con la buena acogida del sistema Español por parte de la UE, el cual validó a finales de 2011. Hasta el momento la justicia puede obligar a que una orden de alejamiento sea cumplida aunque tanto el condenado como la víctima deseen que sea revocada. Este hecho, según Adolfo Alonso (abogado de familia), se convierte en un peligro para el condenado puesto que en caso de conflicto lo que era un consentimiento de la víctima puede convertirse en un procedimiento penal por quebrantamiento de condena, como le ocurrió a un hombre que acabó en prisión por pasear con su ex pareja, a pesar de haberse solicitado previamente la retirada de la orden.

Se abre un debate al respecto en el que los expertos defienden endurecer o bien hacer la medida más flexible: La abogada Consuelo Abril (ex presidenta de la Comisión de malos tratos) secunda firmemente la primera opción al asegurar que “cuando se dicta la orden, la pena deja de estar en manos de la víctima y debe ser el estado el que actúe”. En su opinión el maltrato es una plaga inaceptable y hay que ser muy firmes con el cumplimiento de las órdenes de alejamiento; en contraposición, María Silvestre (directora de Emakunde) es mucho más mesurada en declaraciones a El País al considerar que “la violencia pasa por ciclos, y uno de ellos es el arrepentimiento del agresor y el perdón de la víctima”, por lo que cree necesario complementar las órdenes.

El caos no se ha quedado en un marco teórico y ha alcanzado un nivel práctico que pone en duda la eficiencia de la normativa. En 2010 el Tribunal Constitucional tuvo que decantarse a favor de la imposición de la orden sin consentimiento de la víctima, pero en los juzgados y audiencias provinciales se está interpretando la norma de forma muy abierta y distinta en función de cada caso, provocando un clima que María Acale define de «inseguridad jurídica”. La especialista cuenta casos en que se ha considerado como inductora a la víctima que se acerca al agresor, criminalizando su comportamiento y olvidando que el quebrantamiento de condena es una figura delictiva contra la administración de justicia y no contra una persona individual. Incluso recientemente el Constitucional ha anulado un par de sentencias que recondenaban a una persona por quebrantamiento de condena. “Ya sólo queda que la cuestión llegue al Tribunal Supremo”, declara Acale, a la vez que clama por que se unifique la doctrina y se establezca una línea de interpretación consolidada capaz de vincular a las audiencias provinciales.

Órdenes de protección

La orden de protección fue aprobada en 2003 para proteger a la víctima de violencia doméstica. Se diseñó como gran proyecto legislativo que animase a las mujeres a denunciar, asegurándolas una protección integral. Sin embargo los datos de mujeres fallecidas no demuestran aparente eficacia, pues aumentan año a año inclusive las que no habían presentado denuncia previa. María Acale localiza el principal  punto débil de la norma en la escasez de personal destinado a la vigilancia de mujeres, llegando a proponer incluso que los escoltas desocupados que van a sustituir a los guardias civiles en las cárceles puedan colaborar en este ámbito en una mejor recolocación.

Otro problema generalizado de las órdenes de protección es el abuso que se realiza de ellas. Durante los primeros seis años desde su implantación ha aumentado paulatinamente el número de órdenes adoptadas (1084 en 2004, 1589 en 2009) y también denegadas (30% en 2010). “Hace falta reformar la normativa para hacerla más efectiva, concluye María Acale. Ambas medidas similares, tanto las órdenes de alejamiento como las órdenes de protección,  padecen una cierta crisis de identidad y una pérdida de rumbo que no les permite recobrar la libertad perdida sin perder seguridad.

Vuelvo a recordar la escena de los dos fugitivos ocultados tras los contenedores, oteando el lugar en busca de las cadenas con las cuales sellar esa libertad. Una paradoja imposible mientras éstas se escondan tras la tinta que redacta la ley.

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